Así lo afirmó Juan Carlos Donsanto, Presidente del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia de Buenos Aires, tras el cruce con las asociaciones de inquilinos que no quieren pagar ellos los honorarios.
Se trata del proyecto de ley conocida como “Ley de Inquilinos” en que se plantea la modificación del artículo 7 inc. k de la Ley Provincial 5.954.
La norma propuesta establece que queden exentos del pago de los honorarios de los martilleros y/o corredores al momento de iniciar y/o renovar un contrato de locación con fines habitacionales.
“Hay que buscar propuestas superadoras que permitan a los inquilinos acercarse a la posibilidad concreta de acceder a ese derecho constitucional que es aspirar al techo propio. Poner el acento en los honorarios de los corredores inmobiliarios puede llevarnos al error de simplificar la situación y alejarnos de las soluciones de fondo”, aseguró el presidente del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia de Buenos Aires, Juan Carlos Donsanto.
En ese contexto Presidente adelantó que la institución que preside está trabajando en una propuesta integral que presentarán a las autoridades en los próximos días.
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“Resumir el problema en que los profesionales inmobiliarios no deban cobrarle más a los inquilinos y cargar sus honorarios sobre los propietarios, puede ser que se desaliente la inversión en la construcción con destino a renta, lo que implica reducir la oferta y en consecuencia aumentar los costos de los alquileres”, ratificó Donsanto.
Este sentido, aclaro que “un inquilino ahorrará un cuatro por ciento sobre el total del contrato de dos años de duración y a cambio pagará mucho más el canon locativo. Lo que en términos populares se conoce como que el remedio es peor que la enfermedad”, enfatizó Donsanto.
“Los profesionales inmobiliarios están en el marco de una legislación que les marca qué pueden hacer y los Colegios tienen facultades delegadas por el propio Estado establecidas por ley”, ratificó el Martillero.
“No defendimos ni defenderemos nunca a ningún profesional que se aparte de lo que establece la ley y verdaderamente creemos que el honorario del cuatro por ciento por un contrato de veinticuatro meses de duración guarda razonabilidad con el servicio, garantía, responsabilidad, asesoramiento y acompañamiento”, expresó.
“Como Colegio actuamos con sentido legal. Los Colegios no son un órgano gremial en defensa de un legítimo derecho sectorial, somos órganos de ley que actuamos en defensa de la sociedad para que no se vulneren sus garantías”, finalizó Donsanto.