La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), envió una nota dirigida al Jefe de Gabinete Santiago Cafiero y a la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, para plantear dudas sobre la reglamentación de la ley de Aporte Solidario y Extraordinario.
La FACPCE manifestó que «la posibilidad de hacer uso de la opción de considerar el último balance comercial cerrado no resulta aplicable, de acuerdo con la reglamentación, cuando de la utilización de los valores que surjan del mismo no se determine aporte/gravamen a ingresar. En nuestra opinión, esto constituye un grave exceso reglamentario».
Además, se indica que en relación con la confección del balance especial al 18 de diciembre de 2020, se presentan una serie de dudas, fundamentalmente porque según la Ley del Impuesto sobre los Bienes Personales, «las acciones y participaciones societarias se valuarán considerando el valor proporcional que surja del último balance cerrado al 31 de diciembre del año que se liquida».
Además esa normativa establece que «si la fecha de cierre del mismo no coincide con el año calendario, se deberán sumar y/o restar los aumentos y/o disminuciones de capital que se hubieran producido entre la fecha de cierre de la sociedad emisora y el 31 de diciembre del año respectivo».
La misiva incluye un pedido concreto para hacer coincidir ambas fechas, para evitar una duplicación del trabajo y de los costos para la realización de los balances, además de que se evitarían una serie de complicaciones técnicas, atento que para el balance especial no serían aplicables los procedimientos habituales.