CAPBA modificó el visado de Informes Técnicos

20/08/2024
Arquitectxs

El Consejo Superior del Colegio de Arquitectos modificó la modalidad de carga de las tareas de Informe Técnico en la plataforma CAPBA en Línea , simplificando la misma en 3 variantes básicas, referenciadas a en el Decreto 6964/65 y la Resolución CAPBA 161/08, y en procura de desalentar errores habituales.

Los cambios no modificaron la obligatoriedad de presentación de los informes técnicos, pero si avanzaron con cambios en la medición y confección de planos con informe técnico, ya que ahora para su carga, se opera la liquidación de la medición sumada a la liquidación mínima de Informe de Inspección Ocular.

Respecto del Informe de Inspección Ocular o Pericia de Valor informativo, su liquidación se basa en el tiempo empleado para la tarea, ya sea en viajes fuera del domicilio profesional o días de trabajo en gabinete. Remarcando que en caso de no alcanzar la liquidación el “monto mínimo de honorarios para cualquier tarea profesional”, se liquida este por defecto.

Finalmente, para el caso del Informe Técnico Fundado, es decir el de mayor rigor científico, basado en estudios más profundos, debe incluir necesariamente para su cálculo los incisos a), b) y c), por lo que se desactivó la posibilidad de cargarlos por separado, evitando errores involuntarios.