Dicha medida se expresó en la Resolución N° 480/2016 del mencionado organismo, con fecha 23 de septiembre de 2016 y publicada en el Boletín Oficial el pasado 3 de octubre.
En el texto de la norma se expresa, en su artículo 1º: “Determínase que a partir del 1 de noviembre de 2016 los Documentos Nacionales de Identidad de confección manual (DNI tapa verde o bordó de personas mayores y menores de edad, y libreta celeste de niños y niñas confeccionados manualmente), carecen de validez como documento de viaje para egresar del país”.
A continuación, se aclara que “los documentos mencionados en el artículo 1° de la presente medida mantienen a todos los demás fines su plena validez y vigencia hasta el día 31 de marzo del año 2017”.