Dudas y certezas: ¿Pueden los psicólogos prescribir licencias médicas?

19/03/2025
Psicólogxs

El Consejo Superior del Colegio de Psicólogas y Psicólogos de la Provincia de Buenos Aires emitió una resolución en la que ratificó que los licenciados en psicología se encuentran habilitados para prescribir licencias médicas y expedir certificados que determinan la capacidad o aptitud de las personas para el desempeño de tareas laborales, en concordancia con lo dispuesto en los arts. 15 inciso “h” y 21 incisos “2”, “3” y “4” de la ley 10.306.

En el primer articulo de la resolución se confirma que la facultad de prescribir licencias médicas es una atribución que recae en los profesionales de la psicología. Según el texto, esta interpretación es considerada la única que resulta armónica y constitucional dentro del marco normativo que regula el ejercicio de la profesión. De este modo, se establece un criterio jurídico que respalda la capacidad de los psicólogos para emitir dichos certificados sin contradecir la normativa vigente.

Además, la resolución exhorta a los organismos estatales de los ámbitos nacional, provincial y municipal, así como a los empleadores del sector privado, a cesar las prácticas que impidan o limiten el ejercicio de esta potestad, propia de los profesionales de la psicología, reservando la posibilidad de iniciar acciones administrativas o judiciales en defensa de los matriculados, en caso de persistir la interferencia en el ejercicio de su derecho a prescribir licencias médicas.

Finalmente, el Colegio le sugirió a los matriculados la utilización de un modelo de un formulado normalizado para facilitar la emisión de certificados relacionados con la capacidad laboral y la aptitud para el desempeño de tareas, en el marco de las licencias médicas que se emiten por motivos de salud.

La resolución, de carácter informativo y normativo, establece un precedente respecto a la interpretación de las atribuciones profesionales en el ámbito de la salud. Al reafirmar la habilitación de los psicólogos para prescribir licencias médicas, se genera un marco de certeza jurídica en cuanto a las competencias del profesional, lo que incide directamente en la prestación de servicios a los ciudadanos. La medida también busca evitar prácticas que puedan limitar o vulnerar el ejercicio profesional, en tanto que se advierte sobre la adopción de acciones legales en defensa de los derechos de los psicólogos.

La interpretación de la ley 10.306, según lo expresado en la resolución, se orienta a garantizar que el rol del profesional en psicología no se vea restringido por prácticas que contravengan la normativa vigente. Esta postura establece que, dentro del marco legal, la emisión de licencias médicas y certificados de aptitud para el desempeño laboral son funciones que corresponden a los psicólogos, lo que contribuye a la consolidación de una práctica profesional respaldada por el ordenamiento jurídico.

En resumen, la resolución del Consejo Superior del Colegio de Psicólogas y Psicólogos de la Provincia de Buenos Aires define de forma clara y normativa la potestad de los psicólogos para prescribir licencias médicas, remarcando que esta atribución se encuentra amparada por la ley y debe ser ejercida sin trabas por organismos estatales o empleadores del sector privado. La adopción de un modelo de certificado uniforme y la advertencia sobre la adopción de medidas legales en defensa de los derechos de los profesionales constituyen elementos esenciales de la decisión, cuyo fin es asegurar el adecuado funcionamiento de la práctica profesional en el ámbito de la salud.