Se actualizaron los valores para la habilitación de consultorios obstétricos

15/07/2024
Obstétricas

El Consejo Superior del Colegio de Obstétricas de la Provincia de Buenos Aires  emitió la Resolución 13/24, mediante la cual se actualizan los valores correspondientes a la habilitación de consultorios obstétricos. Esta medida, fundamentada en las previsiones y facultades conferidas por la Ley de Colegiación Nº 11.745/95 y sus modificatorias, responde a la necesidad de uniformar los montos de habilitación en todos los Colegios Distritales, cubriendo así los gastos que estas habilitaciones implican.

Antecedentes y consideraciones
La Ley 11.745/95, en su artículo 20, inciso 23, establece que los Colegios de Distrito son responsables de la habilitación de consultorios o lugares de tareas profesionales, conforme a lo determinado por el reglamento. La última actualización significativa de estos montos se realizó en 2018, con la Resolución 11/2018, que fijó el Valor de Referencia para la habilitación en 70 MATER y para la renovación bianual en 40 MATER.

En el contexto actual, la Resolución 09/2024 ha ajustado la Unidad MATER a $784 para el tercer trimestre del año, reflejando los cambios económicos y asegurando que los valores establecidos cubran los costos administrativos y operativos involucrados.

Nuevos valores establecidos
A partir del 1 de julio de 2024, los montos para la habilitación de consultorios y/o lugares de tareas profesionales son los siguientes:

Solicitud de habilitación: 70 MATER, equivalentes a $54.880 (pesos cincuenta y cuatro mil ochocientos ochenta).
Renovación/cuota bianual: 40 MATER, equivalentes a $31.360 (pesos treinta y un mil trescientos sesenta).

Estos valores buscan mantener un equilibrio financiero que permita solventar los gastos que las habilitaciones demandan, garantizando al mismo tiempo la calidad y el cumplimiento de las normativas vigentes.

Procedimiento para la habilitación
Las obstétricas matriculadas en la Provincia de Buenos Aires deben tramitar la habilitación de su consultorio o lugar de tareas profesionales ante el Colegio Distrital correspondiente. Para ello, es necesario completar y presentar el formulario de habilitación, además de abonar los gastos administrativos vigentes. Cabe destacar que solo una obstétrica o licenciada en obstetricia debidamente matriculada y con la cuota de colegiación al día puede realizar esta habilitación.

Esta actualización es un paso importante para asegurar la correcta habilitación de los consultorios obstétricos, reflejando el compromiso del Consejo Superior del Colegio de Obstétricas de la Provincia de Buenos Aires con la calidad y profesionalismo en el ejercicio de la obstetricia.